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Candidata del PAN en Chihuahua elude acusación por sobornos con amparos

Desde hace cuatro meses, la candidata del PAN al gobierno de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, ha promovido ante jueces federales suspensiones que le han permitido aplazar la audiencia inicial en la que el Ministerio Público le imputará el delito de cohecho por presuntamente haber recibido más de 10 millones de pesos en sobornos de parte del exgobernador César Duarte cuando ella se desempeñaba como diputada local.



Ayer, la también alcaldesa de Chihuahua con licencia logró un nuevo triunfo frente la Fiscalía estatal en el caso de la “nómina secreta”, luego de que el juez de control estatal Ignacio Muñoz Ramos validó una suspensión provisional concedida por el Juzgado Octavo de Distrito y declaró que la audiencia inicial de vinculación a proceso contra Campos Galván, que ya estaba programada, no podía llevarse a cabo sino hasta que se resolviera el fondo del asunto.


Así, la audiencia se postergó nuevamente y sin fecha de reposición. Si dicho juzgado federal convierte la suspensión en un amparo, existe la posibilidad de que el proceso penal contra la candidata panista se reanude hasta en seis meses, esto es, pasando la jornada electoral (6 de junio), e incluso cuando la constancia de mayoría de la elección de la gubernatura haya sido entregada (13 de junio).


Si Campos Galván resultara ganadora, ello podría obstruir el ejercicio de la acción penal en su contra, debido a que, para entonces, la panista gozaría de la protección del fuero constitucional.


“Es una estrategia de tratar de llegar a una elección futura, que no tiene nada que ver con el tema de justicia. La táctica es promover amparos y recursos dilatorios (…) Ellos están planeando brincar el 6 de junio y que no se formule la imputación. Esa es la estrategia que están tratando de seguir”, explicó en entrevista el Consejero Jurídico del Gobierno de Chihuahua, Jorge Espinoza.


“Cuando se toma protesta es cuando cualquier persona (que gane) asume la gubernatura. Creemos que van encaminados hacia allá, porque un gobernador tiene fuero, entonces, un procedimiento de desafuero es más complicado. Están haciendo una estrategia completamente dilatoria, violando cuestiones de orden público y de interés social”.


La audiencia de ayer contra Maru Campos en el Centro de Justicia de Chihuahua se dio entre irregularidades. Aunque inicialmente el juzgador Samuel Mendoza estaba asignado como juez de control, fue cambiado de último momento por Ignacio Muñoz Ramos, quien finalmente validó la suspensión, de cuya existencia los fiscales no habían sido notificados (se enteraron en la misma audiencia).


Además, señaló el Consejero Jurídico Espinoza, el juez Muñoz Ramos interpretó la suspensión de una manera favorecedora a la abanderada panista.


La Fiscalía General de Chihuahua integró una carpeta de investigación con testimonios de excolaboradores de Duarte que señalan directamente a Campos Galván en el cobro de sobornos entre 2014 y 2016, durante su desempeño como vicecoordinadora del PAN en el Congreso local. El expediente también incorpora recibos de pago mensuales por entre 100 mil y 400 mil pesos que fueron cobrados y firmados de puño y letra por la ahora candidata panista.


La investigación, que dio pie a la apertura de la causa penal 2821/2020, se centra en la “nómina secreta” del exgobernador Duarte, mediante la cual habrían sido desviados alrededor de mil millones de pesos del erario entre 2010 y 2016 para entregarlos como sobornos a legisladores y políticos de todos los partidos, funcionarios, líderes sindicales y medios de comunicación.


El gobierno de Chihuahua, que juega el papel de denunciante y víctima de los desfalcos, sostiene que las suspensiones concedidas por jueces federales a Campos Galván son irregulares. Dichas suspensiones, asegura, han surtido efecto con la anuencia de jueces estatales.


La defensa de la candidata panista, en la que participan exfuncionarios ministeriales y del Poder Judicial Federal y Local, ha logrado aplazar la judicialización del caso, contraviniendo un criterio de la Suprema Corte de Justicia que es obligatorio para los jueces federales.


En la tesis 84/2019, la Corte determinó que la suspensión provisional no es procedente para impedir que el Ministerio Público presente al Juez de Control pruebas contra un imputado en audiencia inicial, pues dicha suspensión frena el proceso penal.


Con información de: Animal político

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FSUR

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