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TEPJF inhabilita a alcaldesa de Cunduacán para participar en el proceso electoral 2020-2021

VILLAHERMOSA, Tab. (apro).- La alcaldesa morenista del municipio de Cunduacán, Nydia Naranjo Cobián, no podrá participar en el proceso electoral 2020-2021, debido a que la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la inhabilitó por ejercer violencia política de género contra una delegada municipal.



El caso fue llevado hasta la Sala Regional Xalapa por Patricia López Córdova, una mujer indígena náhuatl, delegada del Ejido Felipe Galván, del municipio de Cunduacán, a quien Naranjo Cobián trató de impedir que ejerciera su cargo e incluso, le suspendió el pago de su dieta y viáticos durante un año.


López Córdova buscó la protección de sus derechos político-electorales ante el Tribunal Electoral de Tabasco (TET), que le dio parcialmente la razón, pero rechazó que hubiese violencia de género en su contra por parte de Naranjo Cobián.


La delegada se inconformó e impugnó la sentencia ante la Sala Regional Xalapa del TEPJF, ante la cual explicó que el 24 de marzo de 2019, en asamblea comunitaria, fue electa delegada del citado ejido para el periodo 2021, sin embargo, cinco días después el ayuntamiento de Cunduacán invalidó la elección y nombró en su lugar al ciudadano Carmen de la Cruz Osorio.


El 10 de septiembre López Córdova impugnó la determinación ante el TET, que el 15 de noviembre ordenó al ayuntamiento que le tomara protesta y le expidiera su nombramiento.


Ante la negativa, el 29 de noviembre la promovente presentó un incidente de inejecución de sentencia, que se resolvió el 13 de diciembre siguiente. Cuatro días después se le tomó protesta como delegada y le entregaron los sellos de la comunidad.


El 22 de junio de este año, la actora promovió un segundo juicio ciudadano ante el TET, ahora por omisión en el pago de sus dietas; violencia política en razón de género, que le impedía el correcto desempeño de su cargo; y el desconocimiento de la calidad de indígena de su comunidad.


El 22 de junio, el TET dictó medidas de protección en favor de la actora, para que la alcaldesa Nydia Naranjo, integrantes del cabildo y cualquier otra servidora o servidor del ayuntamiento se abstuvieran de generar algún tipo de violencia o discriminación en su contra.


El 11 de septiembre, el TET dictó sentencia y se declaró incompetente para conocer y resolver sobre la violencia política en razón de género.


Diez días después, el 21 de septiembre, la actora se inconformó y acudió a la Sala regional Xalapa del TEPJF, que el 7 de octubre pasado revocó la sentencia del TET y le ordenó se pronunciara respecto del agravio relacionado con la violencia política en razón de género.


El 16 de octubre, el TET emitió sentencia en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional y determinó como inexistente la violencia política en contra de la promovente.


Posteriormente, el 26 de octubre, la actora impugnó nuevamente y acudió otra vez a la Sala Regional Xalapa, que el pasado viernes 20 resolvió que, contrario a lo señalado por el TET, los actos de violencia denunciados por la delegada municipal, atribuidos a la alcaldesa Nydia Naranjo, sí constituyen violencia política en razón de género, porque tuvieron como fin obstaculizar el ejercicio pleno y efectivo de su cargo.


En tal sentido, revocó la sentencia del TET y ordenó, como medida de protección, que Nydia Naranjo Cobián, así como los demás integrantes del ayuntamiento de Cunduacán, se abstengan de realizar acciones u omisiones que de manera directa o indirecta tengan por objeto o resultado intimidar, molestar, causar daño, perjuicio u obstaculizar el ejercicio a la ciudadana Patricia López Córdova como delegada municipal del ejido Felipe Galván.


Además, instruyó dar vista al Consejo General del IEPCT para que, dentro de su ámbito de competencia, adecue el Registro Estatal de los casos de violencia política contra las mujeres e inscriba “a la ciudadana Nydia Naranjo Cobián” para que sea tomado en consideración en el próximo proceso electoral ordinario 2020-2021.


También instruyó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) “para que en caso de que la ciudadana Nydia Naranjo Cobián pretenda participar como candidata a una diputación federal en el próximo proceso electoral ordinario 2020-2021, adopte la determinación que conforme a derecho corresponda”.


Asimismo, ordenó al ayuntamiento de Cunduacán que a la brevedad elabore y apruebe los lineamientos bajo los cuales deberá regirse el actuar de los integrantes de dicho ente edilicio, “a fin de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política en razón de género al interior del ayuntamiento, en los que se tendrán que establecer las medidas de amonestación y/o sanción a las que serán sujetos quienes incurran en actos constitutivos de violencia en contra de las mujeres”.


Rosselvy del Carmen Domínguez Arévalo, consejera del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), precisó que la alcaldesa morenista del municipio de Cunduacán es la primera funcionaria que ingresa al Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política, por lo que no podrá aspirar a ningún cargo de elección local o federal en el próximo proceso electoral.


Destacó que la sentencia de la Sala Regional Xalapa del TEPJF marca un precedente en Tabasco para evitar la violencia política en razón de género.


Con información de: Proceso

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FSUR

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